T U R I S M O S P E C I A L D E
L A C O S T A
REGLAMENTO
TECNICO
ARTICULO
N° 1:
GENERALIDADES:
Si la interpretación de algún término
o párrafo del reglamento pudiese dar lugar a dudas, la comisión de
interpretación del reglamento, solicita que el constructor, preparador o
concurrente de un automóvil se abstenga de interpretarlos según su propio y
personal criterio. En tal caso, se sugiere que, mediante una nota, se dirija a
la comisión de interpretación del reglamento, solicitando a ella la correspondiente
aclaración, a fin de que esta a través de su comisión técnica se expida al
respecto mediante un informe el cual será la única constancia válida para el
constructor, preparador o concurrente, en el caso de que existan objeciones acerca del punto consultado. Los técnicos encargados de la
inspección previa de los automóviles a
una competencia, darán validez
exclusivamente por escrito.
Se desestimarán denuncias que a criterio de la comisión
técnica de
Todo automóvil deberá presentarse ante la comisión técnica
fiscalizadora para su verificación y confección de ficha de homologación. La
misma se debera realizar todos los años
antes de iniciar el año calendario o
luego de toda modificación importante que involucre elementos libres que
haya sido realizada con posterioridad a la ultima verificación técnica..
El presente reglamento tendrá vigencia a partir del 1 de Febrero del 2007 hasta el 31 de Diciembre del 2007 derogando los emitidos anteriormente.
Dentro de los
automóviles permitidos, de mono estructura tubular, todos aquellos fabricados
en
CHEVROLET 400, CHEVY 2 Y 4 PUERTAS.
FORD FALCON Y FAIRLANE
DODGE 2 Y 4 PUERTAS
TORINO 2 Y 4 PUERTAS.
VALIANT II, III, IV.8
Se incorpora a la categoría el automóvil marca Valiant I; en dicho vehículo, todas sus medidas generales estarán encuadradas dentro de lo que permite el Reglamento para la marca Valiant II, sin ninguna excepción.
La incorporación de un vehículo en esta categoría, implica para el interesado la aceptación del presente reglamento en todas sus partes y bajo ningún pretexto podrá alegar su desconocimiento.
ARTICULO
N° 2:
LEGALIDAD: Todo concurrente o piloto en el momento de presentar un vehículo, deberá estar en condiciones de exhibir la documentación del mismo a su nombre o en su defecto un boleto de compra venta, extendido a su nombre y certificado por un escribano público.
ARTICULO N° 3:
ADMISIÓN: F.R.A.D. MAR Y SIERRAS, se reserva el derecho de no permitir la participación de todo vehículo que no responda total o parcialmente a las condiciones de seguridad y estética, tanto exteriormente como internamente. De la misma manera, se
reservan el derecho de admisión de los pilotos, concurrentes o acompañantes que cuenten con malos antecedentes deportivos o similares.
ARTICULO
N° 4:
CATEGORÍA:
TSC DE
Loa circuitos
donde participará, serán únicamente circuitos de pavimento autorizados por
ARTICULO
N° 5:
VEHÍCULOS: Los vehículos y sus partes componentes deberán estar encuadrados
dentro de las condiciones exigidas por
ARTICULO
N° 6:
VIGENCIA: El presente reglamento, tendrá vigencia desde el momento de su homologación hasta el 31 de Diciembre del 2007. Este reglamento deroga los anteriores.
La comisión
técnica, con la aprobación de
Aumentar la paridad de las marcas homologadas por el presente reglamento
Aumentar la seguridad
Aumentar la provisión de elementos o mejorar la calidad de los mismos.
ARTICULO
N° 7:
TRIPULACION: la tripulación estará
compuesta por un piloto y un acompañante, con la respectiva licencia otorgada
por
ARTICULO
N° 8:
DERECHO: Todo concurrente o piloto, tendrá derecho a presentar ante la comisión directiva del T.S.C todo pedido serio, que deberá contener datos personales, número de licencia y ranking del vehículo, dicha comisión lo deberá aceptar para su estudio, y deberá expedirse al respecto dentro de los 30 (treinta días) del recibo de dicho pedido.
ARTICULO
N° 9:
SEGURIDAD:
Los cinturones de seguridad
obligatoriamente deberán ser de competición,
con dos tiras en el hombro, una en la cintura y una entre piernas y obligatoriamente
fijados a la jaula de seguridad en cinco puntos de anclaje.
Debe evitarse que las tiras estén expuestas a algún daño por frotación
contra bordes agudos.
El uso de casco es obligatorio, deberán ser enterizos y cubrir cabeza y
mentón, deberán estar provistos de una correa para sujetarlos debajo del mentón
y aprobados por la norma I.R.A.M. homologados .También es obligatorio el uso de
un protector cervical del cuello, buzo antiflama, capucha antiflama, guantes
antiflama y botas.
Es obligatorio el uso de una red o malla protectora que cubra la
ventanilla de las puertas del piloto y acompañante, no de material elástico y a
no menos de
Los extinguidores de fuego, deberán ser dos, uno de
ARTICULO
N° 10:
JAULA
DE SEGURIDAD (mínima): Se deberá
montar una estructura de seguridad, construida por dos arcos principales, uno
detrás de las butacas y otro abrazando los parantes del parabrisas; estos dos
arcos originales estarán unidos entre sí por barras, una por lado, a la altura
del zócalo y otras a la altura del dintel de la puerta. Deberá poseer además,
dos barras laterales que unan ambos arcos principales en forma oblicua, que
protejan al piloto y al acompañante. Los caños deberán ser caños o tubos
de acero al carbono y tener como mínimo
La estructura
tubular podrá ser prolongada a la suspensión delantera, se permite para todas
las marcas la colocación de una “v” tipo Torino y un caño transversal, el que
podrá ser regulable a modo de refuerzo del tren delantero. Se permitirá la
colocación de dos caños (uno x lado)
desde la jaula hasta la torreta de suspensión y fijado como máximo a
En todos los
vehículos, en su parte trasera, la jaula podrá prolongarse en dos caños
laterales soldados desde la parte inferior de la luneta trasera hasta
Caños
habilitados por reglamento: caños o tubo
de acero al carbono con o sin costura de 1 ¾” o
Los vehículos que fueron construidos con caños de cromo molibdeno obligatoriamente empadronados hasta el 20 de Junio del 2005 son los únicos homologados; no permitiéndose nuevas homologaciones. Estos vehículos –anteriormente mencionados-se regirán por la siguiente normativa:
-Caños de acero o hierro sin costura con un diámetro exterior entre 1
½”,
-
-Caños de cromo molibdeno de entre
Estos tres ítems se refieren a
los dos arcos principales y sus travesaños superiores construidos en la jaula
de seguridad.
Los vehículos que hayan participado en mas de 4 carreras del calendario
2006 podrán reemplazar los lastres antes mencionados de acuerdo a la siguiente
especificación
·
Caños de acero sin costura con diámetro exterior
entre
·
Caños de cromo molibdeno de
Estos lastres serán debidamente
verificados y precintados por la comisión técnica
ARTICULO
N° 11:
BUTACAS: Las butacas serán obligatoriamente de competición, deberán conformar una sola pieza con el apoya cabezas; deberán respetar ubicación, encontrándose, ambas a la misma distancia del torpedo. Deberán encontrarse perfectamente abulonadas a la jaula. Las butacas podrán estar en la parte trasera del habitáculo.
ARTICULO
N° 12:
TANQUE
COMBUSTIBLE: El tanque de combustible deberá tener como mínimo una capacidad de
Es obligatorio el uso de tanque de competición de goma u otro material que no sea metálico.
El tanque deberá tener respirador (como mínimo uno) al exterior y con una válvula de venteo tipo Taunus (antiderrame) y su salida no deberá ser cerca de los frenos ni del caño de escape.
ARTICULO
N° 13:
COMBUSTIBLE: El combustible será de uso comercial y provisto por la categoría T.S.C. en el circuito unicamente; salvo contradicción en el R.P.P.
El comisario técnico y/o deportivo como así también el Revisor oficial de la categoría T.S.C., podrán verificar el combustible de los autos participantes haciendo revisar sus tanques e inclusive haciendo cambiar la nafta de aquellos que considere. Los costos que pudiera insumir irán a cargo del piloto.
ARTICULO
N° 14:
CARROCERÍA: La carrocería deberá ser de fabricación u homologación nacional, automóviles de cuatro plazas. Integral autoportante. Monocasco Chevy, semichasis frontal. Carrocería autoportante.
En los vehículos de cuatro puertas, las traseras deben estar soldadas, se permiten reemplazar por paneles. Deberá retirarse, todo el material de insonoración del pozo, puertas y baúl, asientos y respaldo trasero, tablero original y todo elemento de confort,
los guardabarros delanteros con sus respectivos pasa ruedas, paragolpes y soportes superiores del radiador.
Todos los vehículos deberán llevar una protección fija a la carrocería, consistente en una planchuela de 5/16” como mínimo y soldada a aquella sobre la carcaza de embrague con el fin de proteger a los ocupantes de la rotura de la placa de embrague. También deberán estar provistos con dos ganchos, uno en la parte delantera y otro en la parte trasera, para facilitar el remolque dentro del circuito, cuya construcción y fijación sea capaz de resistir ser arrastrado prescindiendo de al menos dos de sus neumáticos. Estos ganchos no deberán sobrepasar la línea de chasis ni de carrocería.
El cardan deberá obligatoriamente encontrarse protegido por una chapa de acero de 5/16” como mínimo colocada en forma concéntrica, para que lo contenga en caso que este se corte y evitar su caída al suelo.
Es obligatorio el uso de parabrisas triple (tipo sándwich) o laminado, permitiéndose fijaciones adicionales para el mismo.
Se permite alivianar, siempre y cuando no afecte a la resistencia de la estructura del casco. Se permite retirar todo el sistema de levanta vidrios, reemplazar los vidrios laterales y la luneta trasera por acrílico, poli carbonato o flexiglas .
·
La luneta trasera deberá ser incolora y llevar
además tres orificios de
Se podrá modificar el canalizador del cardan en su parte trasera, para que no toque la cruceta del mismo, que lo acopla al diferencial.
Se podrá
cortar el falso chasis trasero en su longitud no mayor de
Se autoriza a reforzar interior y exteriormente el casco y falso chasis del vehículo no alterando su forma original.
Se puede cortar el piso del vehículo en el lugar de la caja de cambios y cubre volante para la fácil extracción de la misma, pudiendo hacerse cualquier otra reforma en el torpedo que ayude a la extracción del motor y caja de cambios como así también para el pasaje de caños desde el interior al exterior del habitáculo.
Se puede retirar el torpedo original y reemplazarlo por fibra de vidrio, no permitiéndose ningún otro material para la construcción del mismo, conservando la forma original.
La chapa del para llamas del vano motor se puede cambiar manteniendo sus medidas originales debiendo ser del mismo material.
Se permite la colocación de criques hidráulico / o neumático, incorporado en el auto.
PUERTAS: las puertas, además de cierre original, deberá tener un cierre de seguridad tipo cinturón. El uso de cerrojos esta totalmente prohibido. Para las puertas de las coupe Dodge y Torino se deberá construir un marco metálico a fin de sostener los acrílicos (poli carbonato transparente e incoloro)
CAPOT: Deberá ser retirado el capot original y será reemplazado por una trompa de fibra de vidrio no permitiéndose ningún otro material para la construcción de la misma. Deberá ser una sola pieza, tener forma aerodinámica a criterio del preparador, no permitiéndose ningún tipo de refuerzos. Deberá cubrir el 80 % de la planta impulsora y la totalidad de la línea externa de las ruedas. Podrá perforarse a efectos de permitir la entrada de aire al radiador, carburador y frenos delanteros (canalizadores de aire). No se permitirá la colocación de alerones tanto fijos como postizos. El túnel de aire del radiador es libre.
Se permite el uso de un piso plano paralelo a tierra el que tendrá una longitud máxima de
BAUL: El compartimiento del baúl deberá quedar totalmente aislado del habitáculo,
cubriendo totalmente todos los orificios entre ambos, debiendo quedar estancos un compartimiento con respecto al otro, pudiendo efectuarse su sellado con chapa de acero o aluminio únicamente.
EL piso del baúl no podrá estar más bajo que la parte inferior de los falsos chasis traseros.
TAPA DE BAUL: La tapa de baúl, podrá
reemplazarse por otra idéntica pero de fibra de vidrio y deberá asegurar su
cierre. En los vehículos que la tapa
llegue al piso del mismo, podrán modificarla, dejando una parte de la
misma soldada fija, a la carrocería .El resto de la tapa (parte móvil) podrá ser fabricada en fibra de vidrio.
Al realizar dicha reforma no se deberá
alterar la forma original del vehículo.
GUARDABARROS Y PARTES TRASERAS: Los guardabarros traseros
podrán recortarse
hasta
Se podrán colocar guardabarros postizos de fibra de vidrio con el solo objeto de mejorar la estética del auto
Se permite la colocación del túnel de aire para ventilar los frenos traseros, siempre y cuando esto no modifique la línea ni la estructura del vehículo. Será obligatoria la eliminación de los paragolpes y las luces de posición debiendo colocar en su lugar una chapa de aluminio u otro material.
RETROVISION: La visión hacia atrás estará asegurada por un espejo con visión hacia la luneta trasera y un espejo externo colocado en cada puerta.
ARTICULO
N° 15:
REFRIGERACIÓN: El sistema será por circulación de agua. El radiador, será de libre diseño en cuanto a formas, medidas y posición, siempre y cuando se ubiquen en la parte delantera del vehículo y delante de los caños de la jaula. La forma de fijación del radiador y túnel será libre.
Delante del radiador, solamente podrá colocarse el túnel de aire y el electro ventilador, éste ultimo elemento también podrá colocarse detrás del radiador. Se podrá retirar la paleta del ventilador original. Las poleas serán a criterio del preparador, pero deberán ser accionadas por una o dos correas de tipo “v”, poly “v” o dentada. Termostato libre, opcional. La bomba de agua deberá ser original de la marca, no permitiéndose alterar ni modificar ningún elemento. Se permitirá colocar un depósito de agua suplementario.
ARTICULO
N° 16:
RECUPERADOR: El expurgue del carter, como así mismo el del agua del radiador deberá ir a dos recipientes recuperadores para evitar derrames de líquidos en el suelo.
ARTICULO
N° 17:
SISTEMA
ELECTRICO: La energía eléctrica
estará provista por una batería de 12 volts de cualquier marca y tipo, deberá
ubicarse en la parte posterior del habitáculo y bien sujeta con el arco
superior e inferior correctamente atornillados al piso. Deberá estar cubierta
con una tapa de goma o plástico que evite el derrame de ácidos, en las baterías
selladas (libre mantenimiento), esto no será obligatorio. El motor de arranque
deberá encontrarse en su lugar original y funcionar perfectamente. En la marca
FORD, la ubicación del burro de arranque, es libre. El limpiaparabrisas y lava
parabrisas mínimo
Será obligatoria la colocación de un faro de acrílico color naranja. Deberá estar colocado en el centro superior de la luneta trasera, el mismo deberá permanecer encendido en días de lluvia, la cual será accionada por el piloto o acompañante por medio de una llave.
Se permite colocar un tablero de instrumental el se recomienda no se encuentre por encima de los pies del acompañante.
ALTERNADOR: La colocación y / o su utilización es opcional.
ARTICULO
N° 18:
TROCHAS: Las medidas de las trochas serán para todas las marcas de 2000mm como máximo. La forma de realizar la medición será la siguiente:
Desde el labio externo inferior
más sobresaliente de la llanta, hasta la misma posición en la llanta
opuesta.
Se permite colocar separadores entre las mazas y las llantas respetando la medida máxima de su trocha.
En el tren
delantero el separador debe ser de
ARTICULO
N° 19:
DISTANCIA
ENTRE EJES: Tolerancia de
consignadas.
CHEVY coupe y sedan 2819mm
CHEVROLET 400 2794mm
FORD FALCON 2780mm
FORD FAIRLANE 2946mm
DODGE coupe y sedan 2819mm
VALIANT III-IV 2819mm
TORINO coupe y sedan (original) 2723mm
Para la marca VALIANT I y II se permite
aumentar la distancia entre ejes llegar hasta 2780mm.
En los vehículos Torino sedan
o coupe se podrá reemplazar el sistema de tensores traseros por dos elásticos
de igual mantaje que las otras marcas . Para este caso se podrá llevar la
distancia entre ejes a 2780mm Esta modificaciones se realizaran para ambas marcas corriendo hacia atrás el
diferencial, alargando el elástico y respetando el anclaje J
a la carrocería, según lo consignado en
los planos de referencia .
ARTICULO N° 20:
FRENOS: Todos los vehículos deberán contar con frenos de discos delanteros y traseros
Las bombas de freno (dos como máximo)
serán de fabricación nacional de
vehículos de serie y reposición
comercial, no pudiendo ser encamisadas.
Se permitirá la colocación de una válvula compensadora para el circuito
trasero, dicha válvula será de fabricación nacional y su ubicación libre.
Las pinzas de frenos deberán de
serie y reposición comercial, máximo tres pistones. Se podrá colocar
aislantes térmicos entre los pistones y
las pastillas de freno
Los discos delanteros deberán ser
ventilados de Ford o Dodge (originales
de estas marcas), o los que provee la categoría como especiales.
Para facilitar la adaptación de los discos se permite desplazar los
agujeros de soporte de las mordazas
delanteras, respetando la posición original
Los discos provistos por
la categoría como especiales no podrán utilizarse como traseros
Las mordazas traseras,
deberán estar fijas al manguito del palier flotante de la cañonera, su posición es libre
La cañería de frenos podrá
ser del tipo “competición”.
ARTICULO N° 21:
PEDALERA: Original del modelo, o
construida en chapa de acero
Los pedales y el regulador de fuerza
son de libre diseño.
Se deberá respetar el sistema
colgante
La pedalera podrá estar fija a la jaula de seguridad.
Se prohibe la pedalera de competición.
ARTICULO
N° 22:
RUEDAS
Y NEUMÁTICOS: Las llantas deberán ser
obligatoriamente de aleación de 15 x
Prohibido el uso de válvula autorreguladora de presión de aire.
Los neumáticos deberán ser NA CARRERA con número y letras en relieve.
Todos los neumáticos que se utilicen en todas las instancias de las competencia deberán ser verificados por la comisión técnica.
ARTICULO
N° 23:
CAJA DE VELOCIDADES: La caja de velocidades deberá ser la original de la marca, debiendo tener como máximo 4 marchas hacia delante y una obligatoria hacia atrás. Los automóviles de 3 velocidades, podrán colocar una caja de otro modelo de la misma marca con cuatro marchas.
Se permite en las marcas Chevrolet, Ford, Dodge, Valiant y Fairlane V 8 el uso de la caja ZF-283, la palanca de cambio y la selectora podrá modificarse a criterio del preparador (prohibido secuencial) pudiendo colocar de forma independiente el comando de marcha atrás. Las relaciones de las mismas serán:
Zf-283
1° 13/34 (2,83)
2° 17/29 (1,85)
3° 22/28 (1,38)
4° 26/24 (1,00)
M.A. 11/20 (3,15)
Se permite la caja de cambios ZF-242 para la marca Torino 4 y 7 bancadas, con las siguientes relaciones:
ZF-242
1° 13/34 (2,42)
2° 17/29 (1,57)
3° 22/28 (1,17)
4° 24/26 (1,00)
M.A. 11/20 (2,68)
Se permite en las marcas Chevrolet, Ford y Torino con motor Falcon el uso de la caja Saginaw con las siguientes relaciones:
SAGINAW
1° 15/29 (2,85)
2° 19/26 (2,01)
3° 23/21 (1,34)
4° 28/19 (1,00)
M.A. 15/18
En Dodge se permite usar caja original G.T.X. o R.T.
Para la marca
Torino con motor Falcon la caja de cambios deberá ser
Se permite modificar el soporte caja cambios en la marca Ford para poder aplicar la caja de cambios ZF.
Las carcazas de caja y cubre volante podrán ser de aluminio.-
ARTICULO
N° 24:
TACOS SOPORTES:
Los soportes del motor y de la caja así como sus tacos son libres
ARTICULO N° 25:
EMBRAGUE: La placa de embrague podrá seleccionarse entre la original de motores de 4 y 6 cilindros y de automóviles de serie y de fabricación nacional. Se permite reemplazar la fundición de la placa por una de las mismas características pero de acero.
La placa se podrá encastrar en el volante y colocarse puntos fijos. El disco de embrague deberá ser tipo telescop o disco fijo; también se podrá encastrar en el volante para facilitar el tiraje de la placa.
Se permite colocar en los discos de embrague pastillas metálicas, en reemplazo del forro del disco de embrague.
Prohibido el uso de multidisco. Se permite doble diafragma.
ARTICULO
N° 26:
MÚLTIPLE
DE CAÑOS ESCAPE: El múltiple de caño
escape será a criterio del preparador, pero deberá terminar en un solo
caño no menor de
Será obligatorio el uso del silenciador dentro de boxes y patios de boxes.
ARTICULO
N° 27:
MOTOR
(planta impulsora)
Los motores a
utilizar serán de seis cilindros en línea, de las marcas Ford, Dodge ,
Chevrolet y Torino, de fabricación nacional con cilindrada original. Motores
homologados: Chevrolet 230, Ford 221, Tornado 230, Torino 230, Dodge 225 y Ford
Fairlane con motor V8 cilindros,
El motor Ford 188 podrá ser utilizado respetando la cilindrada original
mas 0,060 de pulgada en el diámetro del pistón
En todos los casos deberá respetarse formas y anclajes originales, manteniendo la inclinación transversal y longitudinal como la ubicación, posición y puntos de apoyo sobre el falso chasis o bastidor.
·
Para la marca
Torino, con el motor original, se permite desplazar el motor hacia la parte trasera hasta
· En los automóviles Torino con motor Ford Falcon deberá respetar la posición estipulada en los planos de referencia.
· En los vehículos Ford Fairlane con motor V8 , se permitirá desplazar el motor hacia la parte trasera hasta 50mm de la medida estipulada en los planos referencia
BLOCK MOTOR: Prohibido utilizar blocks fabricados para competición por las comisiones de carreras de cada fábrica. Prohibido desplazar los cilindros. Se permite encamisar los cilindros solo con material de fundición.
Para todas las marcas, no se permite variar la superficie del block, en la parte inferior, sobre el apoyo del carter, la inclinación debe ser la original.
Se permite usar block pesado en Dodge- Valiant y block de Econo 6 en Ford Falcon.-
En la marca
Chevrolet se permite la utilización del block modelo Silverado y la utilización
de pistones
En el block se podrán fijar los tapones de agua a criterio del preparador. Se podrán colocar insertos en las roscas zafadas.
Se permitirá, en la parte superior de la superficie del block, la colocación de puntos fijos para facilitar la colocación de la junta de tapa de cilindro. Las tapas de bancadas se podrán reforzar a criterio del preparador, siempre y cuando la pieza original pueda identificarse fácilmente.
En el motor Ford se
permite reforzar las bancadas
originales, con un refuerzo sujetado con sus bulones, en posición original pero
más largo, o colocar las tapas de acero
En el motor Tornado se permitirá la colocación de un axial suplementario en la bancada número cuatro o invertir los cojinetes de las bancadas 3 y 4.
Se permite a la marca Torino incorporar el motor Falcon con la preparación que autoriza el reglamento para dicho motor.
Los retenes de bancada trasera podrán ser de libre diseño para todas las marcas.
Se podrá
embujar el alojamiento del botador manteniéndose la medida y posición original
del mismo, debiendo tener un espesor máximo de
En Dodge se permite botador de Dodge 1500 achicando el botador o agrandando el alojamiento en el block.
Se permite en Ford y Chevrolet envainar el canal de aceite.
JUNTAS DE MOTOR: De reposición comercial, excepto la de tapa de cilindros, cantidad original. Múltiple de admisión y escape máximo espesor de 3mm.
Los cilindros
podrán ser rectificados hasta
En los motores
Dodge que usen pistones de Taunus 2000 cc. Los mismos deben ser standard de
medida (
En todos los
motores que usen pistones Taunus de 2000 cc. o 2300cc. podrán rectificar los
cilindros hasta
En todos los motores con sus diferentes pistones y recorridos de cigüeñal no deben superar nunca los 4000 cc.
Diámetro
original de cilindros
FORD 221
CHEVROLET
230
TORINO OHC230
4B-7B
DODGE 225
FORD FAIRLANE
292 V8
FORD 221 con
pistón Taunus 2300 cc
DODGE 225 con
pistón Taunus 2000cc 89,41 mm hasta
ARTICULO
N° 28:
CIGÜEÑAL: Los cigüeñales deben ser originales y de fabricación nacional en todas las marcas y modelos debiendo respetar la rugosidad original del cigüeñal.
Se permite ranurar los muñones de biela y bancadas. Agrandar o agregar
conductos de lubricación.
El volteo del
cigüeñal deberá ser original con una tolerancia
de (+) (-) 3 décimas (
Se permite agujerear los contrapesos para mejor balanceo.
El cigüeñal no podrá tener agujeros axiales en los muñones de biela
Se permitirá para todas las marcas la adaptación de un balanceador
armónico.
Para la marca Torino se podrá tornear los contrapesos del cigüeñal.
Se permite poner 3 puntos firmes fijos en el cigüeñal para sujetar el volante.
En Chevrolet se permite roscar y colocar tornillo en la punta del cigüeñal.
Carrera
original de cigüeñal
FORD 221
CHEVROLET 230
DODGE 225
FORD FAIRLANE 292 V 8
Inciso 1
Los motores Dodge que utilicen para su funcionamiento bielas especiales o de Torino podrán contrapesar el cigüeñal , ajustándose a lo reglamentado en articulo N°45
ARTICULO
N° 29:
VOLANTE MOTOR: El volante del motor, deberá ser el original provisto por el constructor de cada marca y sus pesos permitidos como mínimo serán los siguientes:
FORD 221
CHEVROLET
230
TORINO O
TORNADO OHC 230 4B-7B 9,00 O
DODGE 225
FORD FAIRLANE 292 V8
Se permite 3 puntos firmes para fijar la fundición de la placa de embrague. El peso del volante motor será sin tornillos.
ARTICULO
N° 30:
PISTONES:
Los pistones deberán ser de
fabricación nacional, de venta para la reposición comercial y para la marca de
vehículo escogido. Excepto el motor Tornado y Torino que podrá usar, además de
los pistones originales, los de marca Valiant/Dodge de
Se podrá retirar el material de los pistones, para equilibrar los
pesos, pero deberá dejarse uno sin tocar como testigo.
Los motores Dodge equipados con
bielas de Torino deberán utilizar pistones de diámetro
No se permitirán pistones especiales.
El armado de los pistones deberá realizarse en la posición original de
fábrica. excepto
el Ford 221 con pistones originales (de alta o baja) hasta
Se permite utilizar
pistones con orificios en el alojamiento del aro rasca aceite para todas las
marcas.
ARTICULO
Nª 31:
PERNOS DE PISTON:
Los pernos de pistón podrán ser flotantes, deberán ser originales de la marca, conservaran las medidas de diámetro exteriores e interiores, pudiendo variar el largo para la adaptación del seguro. Su posición y funcionamiento serán originales.
Para Ford Fairlane292 V 8 el diámetro de perno
pistón deberá se
ARTICULO
N° 32:
AROS DE PISTON: Cantidad y medidas original de fabrica, de reposición comercial.
ARTICULO
N° 33:
BIELAS:
Las bielas serán originales de la
marca. Se podrá embujar el ojo del perno y agujerear para lubricar el mismo y rectificar el axial del ojo del
muñón. No se permite el intercambio de bielas con cigüeñales que no vengan
hermanados de fábrica. Excepto el motor Tornado (Torino 4 bancadas) que podrá
intercambiar bielas entre los motores 4 y
En la marca Dodge-Valiant se podrán utilizar bielas de material especial, y forma libre, respetando el resto de las dimensiones originales .
En la marca Chevrolet se permite el uso de bielas del motor Silverado, como así los tornillos de bielas ARP.
En la marca Ford Falcon se permite la utilización de las bielas Max Econo de serie y de reposición comercial, como así también los tornillos de biela marca ARP.
Para Ford
Fairlane 292 V8 las bielas deberán tener un largo de centro a centro de
Prohibido pulir .
Los vehículos que utilicen las biela hasta aquí consignadas podrán utilizar las
relaciones de diferencial admitidas en el articulo N° 61 Inciso 1
· Los motores Chevrolet y Ford podrán utilizar bielas especiales de forma similar a la original del tipo Ercoli o Joseph, respetando el resto de las dimensiones originales . Los motores que esten equipados con estas bielas deberán utilizar las relaciones de diferencial consignadas en el articulo N° 61 Inciso 2 .
· Los motores Dodge podrán utilizar bielas de Torino 4 o 7 bancadas respetando lo consignado en los articulo N° 30 y articulo N° 61 Inciso 2
COJINETES: De bielas y bancadas se pueden ranurar.
ARTICULO
N° 34:
TAPA
DE CILINDROS: La tapa de cilindros
deberá ser la original del motor declarado. En todas las marcas se permite la
rectificación del plano en forma original, se permite el frezado, desde el
asiento y concéntrico, agrandando como máximo
En todas las marcas se permite el maquinado interior en los conductos de admisión
y escape en
una profundidad de
Se permite en todas las marcas hermanar el conducto de
admisión con la tapa de cilindro, trabajando esta ultima. El trabajo que se
realice no podrá tener más de 5mm de longitud
a lo largo del conducto y
Podrá retirarse material de las cámaras de combustión
con el solo objeto de igualar los volúmenes de las mismas. Este trabajo se realizara del lado
contrario a la bujía y como máximo en cuatro cámaras. Las restantes deberán
permanecer inalteradas .
En todas las marcas se podrá encasquillar o rellenar, el material de los casquillos debe ser de acero o fundición.
Se permite el maquinado de asiento del resorte de válvulas para su adaptación. No se permite realizar ningún otro tipo de trabajo ya sea interior o exterior.
En la marca
Ford se permite agrandar y pulir en su totalidad el conducto de escape y la
colocación de una entre rosca para el uso de bujías de
En la marca Ford se permite la utilización de la tapa de cilindros
modelo Max Econo , Sprint , el ángulo de asiento de la válvula de admisión
podrá ser de 30 o 45 grados.
Se permiten las tapas Ford fabricada por Ronicevi las que deben ser
selladas por la comisión técnica para su utilización
En la marca Chevrolet se permite rebajar los tetones de fijación de los
espárragos que sujetan los balancines.
Se permite en las tapas de cilindros de motor Chevrolet rectificar el
plano de las juntas de tapa de válvulas, manteniendo el plano original y de las
tapas laterales del motor.
Se permite la tapa de Chevrolet
Silverado
Se permite a la marca Torino, perforar la tapa, para una salida de agua
al radiador.
En el motor Tornado (Torino 4 bancadas) se podrá colocar la tapa del motor Torino 7 bancadas, original de ese motor.
Prohibido agregar material en lo que no esta específicamente permitido.
La relación de
compresión será como máximo de
Para Ford
Falcon la compresión será de hasta
La verificación de la comprensión se efectuara de la siguiente forma:
Se colocara en la tapa un volumen de material plástico (plastilina) igual al calculado para el volumen de la cámara.
Se montará la tapa de cilindros utilizada con su junta, las válvulas cerradas, y bujías utilizadas en la competencia, apretando la misma hasta el torque de armado verificado por el comisario técnico.
Se girará el
cigüeñal con un torque de
Se medirá
limpio de combustión, con el elemento de medición de
ARTICULO
N° 35:
GUIAS DE VALVULAS: Original en su ubicación se permite embujar o reemplazar las mismas con material original o bronce, respetando su eje original.
ARTICULO
N° 36:
ARBOL DE LEVAS: Deberá ser el original de la marca o de acero. Se podrá rellenar tornear y endurecer. El cruce y permanencia será libre, orden original. La alzada máxima será tomada con las válvulas sin luz y será la siguiente:
DODGE
TORINO (7
bancadas)
CHEVROLET
FORD 221
FORD FAIRLANE 292 V8
10,00mm.
En Chevrolet se permite roscar y colocar tornillo en la punta de la leva.
ARTICULO
N° 37:
RESORTES DE VÁLVULAS Y VÁLVULAS: Los resortes de válvulas serán a criterio del preparador y se podrán suplementar para su calibración. Los platillos y seguros deberán ser los originales de reposición comercial.
Se permite para todas las marcas utilizar platillos y seguros
construidos en acero aleado
respetando las dimensiones originales.
La forma superior del casquillo podrá diferir de la original . Las válvulas
deberán ser las originales de la marca, de reposición comercial, permitiéndose
súper medida de vástagos únicamente.
En las válvulas de admisión, así como en las de escape, se permite eliminar el labio original que está sobre la superficie del asiento de las mismas en todas las marcas.
Tanto las
Válvulas de Admisión como las de Escape deben mantener la figura, forma y
medida originales y deben ser de reposición comercial. El material de
Las medidas de las válvulas es la siguiente:
ADMISIÓN en mm ESCAPE en mm.
FORD 221 42,10 O MAX ECONO 35,60 O 37,53 MAX ECONO
CHEVROLET 230 43,70 38,10
TORNADO 230
48,20
41,20
DODGE 225 41,30 34,80
FORD FAIRLANE 45,00 38,20
292 V8
ARTICULO
N° 38:
BOTADORES
Y VARILLAS DE VALVULAS: Los botadores
deberán respetar su forma original y
podrán variar su diámetro exterior en un milímetro como máximo. En la marca
Dodge/Valiant podrán adaptarse botadores
de Dodge 1500. En todas las marcas podrán rellenarse, endurecerse o
rectificarlos . En todos los casos las varillas de válvulas deberán ser de
reposición comercial, respetando las medidas originales. En el caso de
mecánicas que tengan botadores hidráulicos los mismos se podrán trabar en su
funcionamiento, no en su giro. En el Ford se permite utilizar el del
modelo“Sprint”. En el motor Chevrolet se podrá utilizar el botador fijo del modelo “Opel”.
Se podrán utilizar las varillas levanta
válvulas fabricadas en acero aleado
respetando las dimensiones exteriores originales de cada marca.
ARTICULO N° 39:
BALANCINES: Deberán ser de reposición comercial, para todas las marcas, se permitirá embujar los balancines, respetando su centro y posición original. Así como, rellenarlos para darles dureza en el apoyo con la válvula. Torino, Tornado y Chevrolet podrán rellenar también, el balancín del lado del botador, leva o varilla respectivamente. Se permite roscar los espárragos que sujetan al balancín y modificar los registros de luz de válvulas. En los motores de la marca Dodge con pistones de Taunus se podrá utilizar varillas de Mercedes Benz 1114 y modificar su largo y soldar los balancines a modo de refuerzo en su parte superior, manteniendo forma original. Para Dodge se autoriza el balancín de fundición, manteniendo el género de palanca original.
En Falcon se permite reformar las torretas de los extremos (dos) del eje de balancines a criterio del preparador manteniendo la altura original y utilizar la flauta de balancines reforzada.
Fairlane: 292
V8 la relación de balancín:
Se permiten el uso de balancines
fabricadas con aceros aleados que respeten la forma original de cada marca.
ARTICULO
N° 40:
DISTRIBUCIÓN: Los engranajes de distribución deberán ser lo originales de la marca pudiendo reemplazar los engranajes de fibra por iguales, pero de acero. En las marcas Ford, Dodge, Valiant y Torino se permitirá la cadena a rodillo. Se permite reemplazar el frente de distribución (tapa) por otra de aluminio con una contratapa que facilite el acceso al corrector de la leva . Las tapas del block, se podrán reemplazar por otras de aluminio. Se permite el uso de engranajes de distribución recto para el motor Chevrolet. Se permite en la marca Ford sustituir la cadena de distribución por engranajes e invertir la rotación del árbol de levas. Retenes libres.
TACOMETRO: Se permite el uso de tacómetro mecánico pudiendo adaptar el mismo al árbol de levas.
ARTICULO
N° 41:
LUBRICACIÓN: La lubricación estará asegurada por una bomba de aceite que deberá ser la original de la marca o similar, nacional y de autos serie. Deberá permanecer colocada en su lugar original. Se podrá realizar cualquier tipo de trabajo que tienda a mejorar la lubricación. Se permite engranaje de bronce.
Se permite agrandar el cárter y proveerlo de rompeolas. El chupador de la bomba de aceite y el respiradero del cárter serán libres. Se permite bomba de aceite externa tipo CICCARE, de un cuerpo con cárter húmedo y el uso de una base postiza en el asiento del filtro
Se permite el uso del cilindro compensador de presión
No se permite el uso de cárter seco
RADIADOR DE ACEITE: Se podrá utilizar, ubicación vano motor como así también un adaptador de filtro, en todas las marcas. Filtro de aceite de reposición comercial.
ARTICULO
N° 42:
ENCENDIDO: El encendido será el original de la marca o de reposición comercial. No se permite electrónico, ni potenciador de chispa.
El distribuidor deberá ser de un solo platino; se podrá suprimir el avance al vacío y corregir, trabar o quitar el avance centrífugo. Leva de distribuidor puede ser de competición, original o de reposición comercial. Se permite tornillo de seguro de leva. En el eje del distribuidor se podrá usar bujes, bolilleros o torringtons. El condensador podrá ser de cualquier tipo y marca, debiendo ser uno, pudiendo colocarse en la parte externa del distribuidor.
Tapa y rotor tipo original de reposición comercial. Cables de bujías libres. Se permite engranaje de distribuidor de bronce. La bobina de encendido deberá ser de uso común y de auto de serie (no de competición), Puede llevar o no resistor conservando exterior original. Se permite bobina Mallory forma original.
BUJÍAS: Serán
de tipo original de automóviles que no posean núcleo o electrodo de material de
plata, platino, oro, etc, marca comercial, respetando la rosca larga de 14x
Los grados permitidos son:
BUJÍA 14 X
Bosch W6DC hasta W9DC Bosch D7BC hasta D 10BC
NGN BP7ES hasta BP4ES NGN AP6FS hasta AP5FS
CHAMPION N6YC hasta N12YC CHAMPION F9YC hasta F14YC
O sus equivalentes en otras marcas.
ARTICULO
N° 43:
MÚLTIPLE DE ADMISIÓN: El múltiple de admisión deberá ser el original de la marca.
No se
permitirá ningún tipo de trabajo (pulir, pintar, etc.) en su interior. Se podrá
recubrir el exterior con amianto. En la marca Torino se podrá usar múltiple de
7 bancadas o de 4, indistintamente y una torreta separadora entre múltiple y
carburador de hasta
En la marca
Dodge/Valiant se podrá colocar un adaptador de carburador de dos bocas de
Se permite en
la marca Ford trabajar o maquinar a criterio del preparador la parte interior
del múltiple de admisión; para dicho trabajo se podrá cortar el mismo y luego
soldar, manteniendo la parte exterior en su forma y medidas originales con una
tolerancia en menos de
En la marca Torino se permite anular el pasaje de agua.
Se permite retirar la calefacción del múltiple de admisión en la marca Ford, dejando un testigo que identifique que es original de la marca. No se permite de competición.
ARTICULO
Nº 44
BOMBA
DE NAFTA: Se podrá utilizar bomba de
nafta eléctrica para todas las marcas en forma opcional, debiendo ir colocadas
en el vano motor, y su corte o puesta en funcionamiento se hará con el contacto
de encendido (se deja establecido que se deberá optar solamente por una sola en
funcionamiento, mecánica o eléctrica). Deberá estar fijada al parallamas del
lado contrario al escape y alejada de cualquier fuente de energía. Filtro de
nafta, metálico, cantidad libre. Ubicación del mismo: en el baúl.
ARTICULO
Nº 45
CARBURADOR:
Deberá ser únicamente Holley 2 bocas
tipo 2300 c denominados 40/40 pero de un máximo de
Los carburadores deberán responder a las dimensiones consignadas en el plano complementario de este articulo
Deberán tener perforado un espárrago del soporte del carburador para ser precintados
Motores
Chevrolet : bielas originales o
especiales
Difusor máx.
Diámetro máx.
orificio de venturi o centrador
Diámetro max.
del conducto de alta a venturi secundario (en la plaqueta)
Orificio inyector de la bomba de pique libre
Diámetro orificio interior emulsor desde 0 hasta
Diámetro orificio exterior emulsor desde 0 hasta
Se
permite:
Cortar los pernos de bronce guía de los venturi en el interior de los difusores
Eliminar cebador o climático,
Anular la válvula de potencia (tapando con epoxi),
Modificar las cabezas de los tornillos que sujetan la cuba y la plaqueta
Roscar en supermedida el asiento, aguja y la conexión entrada de nafta.
Intercambiar elementos de diferentes carburadores.
Las juntas del carburador de reposición comercial, o fabricadas respetando el espesor
Usar la prolongación del venteo de la cuba tipo Sprint original, o fabricada
Usar cuerpos de carburadores con orificio de gas tapados
Los cuerpos cortados del lado de la cuba.
Pegar los tubos venturi secundarios o centradores.
Venteo del carburador al exterior.
Roscar los surtidores de aire en el cuerpo, calibración libre.
Plaqueta de alimentación original de un automóvil de fabricación nacional de gran serie. con o sin numeración identificatoria
A las plaquetas de tres orificios intercalar un cuarto orificio
Utilizar la plaqueta de un solo orificio en el emulsionador respetando la configuración original .
Arenar o granillar el cuerpo del carburador
Quitar el
tapón original del conducto de alta y colocar un tapón roscado. Dicho conducto
tendrá un diámetro de
Entre la brida
y el caño de admisión colocar una baquelita de
Se
deberá:
Colocar una brida, cilíndrica, a canto vivo, de
Un separador
de
Motores
Ford
Difusor hasta .
Diámetro máx.
orificio de venturi o centrador
Diámetro max.
conducto de, alta a venturi secundario en la plaqueta
Diámetro del orificio inyector de la bomba de pique libre
Diámetro del orificio interior emulsores A libre
Diámetro. del orificio exterior emulsores A libre
Diámetro del orificio interior emulsores B desde 0 hasta
Diámetro. del
orificio exterior emulsores B desde 0 hasta

Tapones roscados en Altas
y Bajas.
:
![]()
Se permite
Roscar los surtidores de aire en el cuerpo, calibración libre.
La plaqueta de alimentación original de un automóvil de fabricación nacional de gran serie. con o sin numeración identificatoria
A las plaquetas de tres orificios intercalar un cuarto orificio
Utilizar la plaqueta de un solo orificio en el emulsionador respetando la configuración original .
Arenar o granillar el cuerpo del carburador
Quitar el
tapón original del conducto de alta y colocar un tapón roscado. Dicho conducto
tendrá un diámetro de
Entre el
carburados y el caño de admisión colocar una baquelita de
Motor
Dodge :cigüeñal original ,bielas especiales
Difusor hasta .
Diámetro máx.
orificio de venturi o centrador
Diámetro max.
conducto de, alta a venturi secundario en la plaqueta
Diámetro orificio inyector de la bomba de pique libre
Diámetro orificio interior emulsor desde 0 hasta
Diámetro máx.
orificio exterior emulsor desde 0 hasta
Tapones roscados en Altas y Bajas.
Se permite:
Roscar los surtidores de aire en el cuerpo, calibración libre.
La plaqueta de alimentación original de un automóvil de fabricación nacional de gran serie. con o sin numeración identificatoria
A las plaquetas de tres orificios intercalar un cuarto orificio
Utilizar la plaqueta de un solo orificio en el emulsionador respetando la configuración original .
Arenar o granillar el cuerpo del carburador
Quitar el
tapón original del conducto de alta y colocar un tapón roscado. Dicho conducto
tendrá un diámetro de
Entre la brida
y el caño de admisión colocar una baquelita de
Se
deberá:
Colocar una brida, cilíndrica, a canto vivo, de
Un separador
de
Motor Dodge bielas especiales cigüeñal contrapesado
Idem con
diámetro de difusor máx. de
Motores Dodge con bielas de Torino
Idem motor Ford
Colocar una brida, cilíndrica, a canto vivo, de
Un separador
de
ARTICULO
Nº 46
TOMA
DINAMICA: La toma dinámica será construida a criterio del preparador, no
debiendo contener en su interior ningún elemento a excepción del elemento del
filtro de aire que será optativo. La altura máxima medida con juntas desde la
base circular del carburador será doscientos sesenta (260) milímetros y desde
el centro del carburador doscientos (200) milímetros hacia atrás. La altura se
mide en total con la pieza intermedia o soporte de la toma dinámica que es de
libre diseño largo máximo
ARTICULO
Nº 47
IDENTIFICACION,
PINTURA Y ESTETICA EXTERIOR: La
identificación del vehículo, se hará pintado el numero del ranking otorgado por
(totalmente pintados y sin golpes o choques), esto es a efectos de que en caso de toques se puedan verificar los que existen en ese momento de la carrera y no los que existen de competencias anteriores.
En cada puerta
deberá pintarse el nombre del piloto y acompañante de acuerdo al lado que
corresponda y el grupo sanguíneo al que pertenecen; las letras tendrán como
mínimo 40mm de altura. La categoría T.S.C se reserva un espacio de
ARTICULO
Nº 48
PESO DEL AUTOMOVIL: Será pesado con piloto, acompañante y en las condiciones que lleguen (como p/Ej. Con faltante de agua, sin parabrisas, sin luneta o alguna perdida de otro elemento -trompa, tapa baúl-) luego de cumplir con cualquiera de las pruebas oficiales (clasificación, serie, repechaje o final).
El pesaje de los automóviles no tendrá tolerancia en su peso mínimo.
Los lastres suplementarios por razones de peso que se utilicen deberán estar asegurados con tornillos 10mm y doble arandela plana. Los bulones colocados de abajo hacia adentro del habitáculo agujereados en su punta para poder poner un precinto y se deberá declarar a los comisarios técnicos para su precintado.
Ford Falcon pistón original hasta 0,060
Ford Falcon pistón Taunus std:
Falcon pistón Taunus hasta 0,020
Chevrolet:
Dodge pistón original hasta 0,60 o pistón Taunus std:
Dodge pistón Taunus hasta 0,20:
Dodge pistón Fiat (bielas Torino)
Torino con motor Falcon pistón original hasta 0,60:
Torino con motor Falcon pistón Taunus std
Torino con motor Falcon pistón Taunus hasta 0,20
Ford Fairlane motor 292 v8:
A partir de que los automóviles salen a clasificar no se les podrá
agregar, ni quitar ningún lastre. El lastre por posición en la competencia para
todas las marcas tendrá un tope máximo de cien (100) kilogramos y se cargaran
de la siguiente manera:
El primero: veinticinco (25) kilogramos.
El segundo: quince (15) kilogramos.
El tercero: diez (10) kilogramos.
Los pilotos deberán agregar al vehículo con que participe
Se considera carrera corrida Haber participado de los
entrenamientos oficiales y haber pagado
la inscripción
ARTICULO
Nº 49
ARMADO: Libre, se entiende por armado libre a las tareas de mano de obra sujetas al articulado del presente reglamento.
ARTICULO
Nº 50
ROTURA DE SELLOS Y PRECINTOS: La rotura de sellos o precintos, aun cuando no se pruebe intencionalidad, implicara en forma automática la exclusión, en los términos previstos en el artículo 141 del R.D.A.
ARTICULO
Nº 51 :
FALSO CHASIS O BASTIDOR: Se permite reforzar el falso chasis mediante el adosado de planchuelas de acero, perfiles o cuadernas de acero, o caños de forma estructural, para mejorar la distribución de esfuerzos. Dichas planchuelas o cuadernas no deberán cambiar la forma exterior, no deberán producir carenado para mejorar la aerodinamia del automóvil. Se podrá hacer un corte y reforzar el falso chasis donde pasa la parrilla inferior brazo AB para evitar que toque al trabajar la suspensión.
ARTICULO
Nº 52 :
PISO: Deberá ser original de la marca en los lugares no reglamentados expresamente. De realizar alguna reparación, el sector que se reemplace deberá ser realizado en chapa de acero del mismo espesor y forma que el original.
INC. 1 Se permitirá la reforma del túnel del cardan en todo su largo, de
hasta
ARTICULO
Nº 53:
ALTURA
DEL AUTOMÓVIL: La altura del automóvil, queda determinada en forma individual para
cada marca en los planos de referencia. Para la altura delantera se toma el
punto A (centro del bulón) para la altura trasera será el punto J (centro del bulón). Estas alturas serán consideradas
mínimas
INC. 1: Una vez elaboradas las suspensiones delantera y trasera de los
automóviles habilitados por el presente reglamento, y determinada su altura, no
se permitirá que ningún elemento crítico del chasis o monocasco y de las
suspensiones (rótula, extremos de dirección, brazo Pitman o auxiliares) produzca fricción contra el piso ante una
eventual rotura o desprendimiento del neumático. Dicha altura del automóvil con
respecto al despeje del piso, podrá ser verificada en cualquier momento de la
competencia por
En los vehículos Ford Falcon se deberán modificar los brazos Pitman de forma tal que la parte mas baja de dichos brazos este por encima del nivel del refuerzo de sección circular que une ambos lados del falso chasis Quedará exceptuado de este inciso los caños de escape, y el posible desprendimiento por choques, despistes, o golpe contra los pianos, de la bandeja postiza inferior.
ARTICULO Nº
54:
TREN DELANTERO: Deberá ser original del modelo y marca declarado, por el fabricante, las medidas, alturas e inclinaciones de los anclajes del monocasco o chasis, de las parrillas superior e inferior, deberán indefectiblemente mantener los lineamientos originales de fábricas y no podrán sufrir variación alguna, que modifiquen sus centros instantáneos de rotación o de rolido, a excepción de los artículos o incisos, que modifiquen dichas cotas indicadas en los planos adjuntos al presente reglamento técnico.
En los automóviles Ford Falcon se tomo como referencia el modelo Sprint. En los automóviles Torino se tomo como referencia el modelo Coupe 380. En el caso de construir el auto con otro modelo de vehículo se podrá con la autorización de esta
comisión técnica llevar los anclajes de las articulaciones D y F a las cotas de los planos que se adjuntan
ARTICULO
Nº 55:
PUNTAS DE EJE: Se deberán utilizar únicamente las puntas de ejes originales del automóvil declarado para competir.
La punta o
cono de la misma deberá mantener en altura su medida original de fábrica, según
el plano de puntas de ejes adjunto
al presente reglamento técnico.
La punta de eje propiamente dicha deberá contar con los denominados manguitos de dos pistas o cubetas interiores. El resto de la punta de eje puede ser reforzada para evitar flexiones y distorsiones de la misma.
ARTICULO
Nº 56:
ARTICULO
Nº 57:

Nota
Rotulas de gran serie = Rotulas esféricas de serie originales de fabrica
Rotulas cilíndricas = De las denominadas de competición con vástago macho roscado, vástago hembra o sin vástago.
Deberá ser original de la marca, podrá ser reforzada libremente
Se podrán reemplazar los bujes originales las articulaciones de los puntos D y F por bujes de teflón, bronce o rodamientos
La rotula de la articulación E podrá ser reemplazada por otra de gran serie de cualquier marca o vehículo respetando las medidas consignadas para las puntas de eje
El eje de parrillas superior deberá ser original. Para evitar distorsiones debidas al esfuerzo puede ser reforzado libremente.
El buje original podrá ser reemplazado por una rotula cilíndrica o rodamiento
según las características de cada sistema de suspensión
La rotula original podrá ser reemplazada por una rotula cilíndrica respetando las dimensiones estipuladas en el plano de las puntas de eje
La articulación original podrá ser reemplazada por una rotula cilíndrica o rodamiento según el sistema de suspensión.
Para los vehículos con brazo libre, se puede desplazar el punto de articulación respetando el eje del tensor, para colocar una rotula cilíndrica con vástago macho o hembra. Este aumento de la longitud del tensor será con el solo objeto de facilitar el anclaje al bastidor de dicho elemento
Las medidas y posición de los anclajes de parrilla y centro de rotulación, con sus tolerancias figuran en plano aparte para cada uno de los automóviles habilitados por el presente reglamento.
ARTICULO
Nº 58:
DIRECCIÓN: La caja de dirección deberá ser la original del modelo no
podrá variarse la forma original de
sujeción.
INC. 1: La barra de dirección será de libre diseño (columna de dirección telescópica o con articulaciones)
Los restantes elementos que componen el sistema de dirección serán originales
INC. 2: El volante de dirección obligatoriamente, deberá poseer un sistema para permitir sacar y colocar dicho volante con rapidez en caso de accidente.
INC. 3: La columna de dirección deberá poseer un sistema tipo fusible con dos crucetas en distinto ángulo posicional, o un sistema telescópico por hundimiento.
INC. 4: Se prohíbe la instalación de un sistema de dirección asistida, hidráulica o eléctrica.
INC 5 : En los vehículos Ford Falcon se permite reemplazar el extremo de dirección del brazo Ackerman por una rotula plana vástago macho no inferior de ½ por ½ pulgada
ARTICULO Nº 59:
ESPIRALES
y BARRAS DE TORSIÓN DEL TREN DELANTERO: Deberán mantener el anclaje original, la dureza es libre.
Para los vehículos de la marca Torino se podrá desplazar el soporte inferior de la cazoleta hacia adentro para evitar que toque la rueda. Esta tarea se hará bajo la supervisión de esta comisión técnica
Barra
Anti-rolido
Se podrá colocar una barra anti-rolido en la suspensión delantera de libre diseño
Si la misma estuviera ubicada en la parte inferior del chasis, se permitirá únicamente posicionar la misma con los brazos de acción hacia atrás. Se prohíbe la regulación de la barra anti-rolido desde el interior del habitáculo.
Precargas
Se permitirá utilizar precargas mecánicas únicamente, prohibidas las del tipo hidráulicas, neumáticas, eléctricas o similares.
Si las mismas estuvieran encapsuladas deberán tener la abertura suficiente para permitir la inspección ocular de su funcionamiento.
ARTICULO
Nº 60:
El material de las mazas traseras debe ser acero de libre elección.
No se permite la adopción de una juntas homocinéticas en los palieres
No se permite la utilización de palieres huecos
La cañonera podrá ser reforzada libremente. Dichos refuerzos no podrán ser regulables.
El eje trasero se podrá posicionar transversalmente con respecto al casco del automóvil, mediante el uso de una barra del tipo “PANHARD” de altura fija
En los vehículos Torino se podrá colocar una rótula plana con vástago macho en cada extremo de los tensores ZT superiores de manera de regular su largo para facilitar el posicionamiento de la cañonera.
El tensor JH será de longitud fija. Se podrá reemplazar el buje original por una rotula cilíndrica sin vástago. Los anclajes de los mismos deberán respetar las dimensiones consignadas en los planos
Se puede utilizar el diferencial de Ford Fairlane en todas las marcas.
ARTICULO
Nº 61:
RELACIÓN DE DIFERENCIAL:
Inciso 1
Las relaciones consignadas en este inciso podrán ser utilizadas en vehículos equipados con motores :
Ford con bielas comunes
Chevrolet con bielas comunes
Dodge
,cigüeñal original ,bielas comunes o
especiales y carburador de hasta
Torino con biela comunes
2,86 – 3,07 – 3,31 – 3,54 – 3,73 – 3,90 – 4,09 – 4,27 – 4,55
Inciso2
Las relaciones consignadas en este inciso podrán ser utilizadas en vehículos equipados con motores
Chevrolet con bielas especiales
Ford con bielas especiales
Dodge con bielas especiales y cigüeñal contrapesado
Dodge con bielas de Torino
Dodge con bielas de Torino y cigüeñal contrapesado
Circuito de Mar del Plata
![]()
![]()
Circuito de Mar de Ajo
![]()
Circuito de Balcarce
![]()
![]()
Circuito de Olavarria
![]()
![]()
Circuito de Dolores a designar
· No se permitirá la refrigeración opcional del aceite del diferencial a través de un sistema de bomba mecánica o eléctrica.
El mecanismo diferencial no podrá contar con un dispositivo de desplazamiento limitado o autoblocantes.
ARTÍCULO
Nº 62:
RODAMIENTO DEL TREN TRASERO: Cada uno de los extremos de la cañonera, en el lugar que van montadas las mazas de ruedas; deberá poseer dos cojinetes a rodillos cónicos o de contacto angular, opuestos con un buje distanciador de acero. La longitud será calibrada para otorgar el juego necesario y precargar el sistema y no se afloje. Dicha tuerca o anillo fileteado deberá contar con un seguro.
ARTÍCULO
Nº 63:
La dureza y
cantidad de hojas es libre, el ancho no deberá ser mayor a las utilizada por la marca Valiant .
Las hojas deberán mantenerse en un mismo paquete, el que puede estar enfundado
Los bujes originales se podrán reemplazar por otros de material libre respetando su eje de funcionamiento.
Se podrá en la marca Ford alargar los elásticos, los mismos incluidos sus anclajes, no podrán exceder la línea trasera de la carrocería, manteniendo el paralelismo original.
Se puede invertir la posición de trabajo del grillete trasero
En el anclaje J la hoja de elástico podrá abrazar al buje en su forma original o invertida.
El elástico en su anclaje H se
podrá ser abulonado a la hoja .
ARTÍCULO
Nº 64:
ARTÍCULO
Nº 65:
BARRAS ANTI-ROLIDO Y PRECARGAS DEL TREN TRASERO: La barra anti-rolido deberá estar
montada sobre los elásticos y solo en la
parte superior de los mismos
Las precargas serán solo las de tipo mecánico ídem las delanteras.
ARTÍCULO
Nº 66:
AMORTIGUADORES:
Los amortiguadores serán hidráulicos de vehículos de serie y de fabricación
nacional. El número, posición la original.
No se permite el uso de amortiguadores que utilicen gas para su funcionamiento
No se permiten las regulaciones externas.
Se permite en todas las marcas colocar una rótula a cada extremo del mismo y realizar la conveniente modificación en los anclajes respetando la relación de recorrido rueda /amortiguador original. Los anclajes superiores se podrán prolongar hacia arriba manteniendo el eje original de trabajo con el solo objeto de facilitar el montaje de los mismos.
·
El diámetro
interno del cilindro del amortiguador no podrá ser mayor a
· El largo es libre
· El cárter es libre. No podrá tener adosado ni conectado tanques auxiliares de aceite
· El pistón deberá ser de gran serie y fabricación nacional
· La válvula de fondo es libre
· El liquido es libre
Se podrán retrabajar el pistón y la válvula de fondo pero no reemplazarlos por piezas fabricadas ex profeso.
Los amortiguadores podrán ser revisados en cualquier instancia de la competencia.
El anclaje superior de los amortiguadores podrá estar tomado a la jaula
de seguridad respetando las dimensiones estipuladas en los planos
El los vehículos Torino el anclaje inferior del amortiguador trasero se podrá colocar
sobre el diferencial respetando el ancho
especificado en los planos